Conclusión de concurso por insuficiencia de la masa activa

La insuficiencia de la masa activa se da en aquellas situaciones en que una persona se acoge al concurso de acreedores pero carece de patrimonio que se pueda liquidar para aplicar a sus deudas. Se trata de una situación muy frecuente, en la que probablemente se encontrarán muchas personas y empresas cuando termine la crisis sanitaria del COVID-19.

Debify dispone de diferentes servicios para enfrentarse a esta situación, permitiendo la cancelación de deudas y la vuelta a empezar de cero.

Por ejemplo, los particulares pueden cancelar todas sus deudas acogiéndose a la Ley de Segunda Oportunidad. A través de nuestra plataforma podrás contactar con nosotros para que estudiamos tu caso. El precio de este servicio parte de tan solo 99 € al mes.

Con el objetivo de ayudar a las empresas que necesiten acogerse al concurso de acreedores también hemos introducido el servicio Debify Business: concurso de acreedores express. Este servicio permite solicitar el concurso express para resolver la situación en dos o tres meses desde tan solo 999 €.

Ahora que conoces tus opciones ante la falta de activos o capital podemos entrar a explicarte la conclusión del concurso consecutivo por insuficiencia de la masa activa, con la tranquilidad de que podrás cancelar todas aquellas deudas que no puedas pagar.

Qué es el concurso consecutivo

La Ley Concursal trata de ofrecer diferentes soluciones a la situación de insolvencia. Uno de los pilares de la norma es promocionar las soluciones convencionales o negociados. Estás pueden tener forma de acuerdo de refinanciación o de acuerdo extrajudicial de pagos. El objetivo de ambas medidas es el mismo.

Básicamente se trata de evitar la quiebra absoluta del insolvente a la vez que se estipula un plan de pagos que permita la satisfacción total o parcial de los acreedores a lo largo de un plazo determinado de tiempo.

El problema es que en muchas ocasiones no es posible llegar a un acuerdo. Incluso en situaciones en las que ha prosperado el acuerdo extrajudicial de pagos o el acuerdo de refinanciación, también puede ocurrir que este se incumpla o se anule.

El incumplimiento de un acuerdo de este tipo no tiene porqué ser voluntario. De hecho, generalmente se deriva de una falta de liquidez.

En estos casos no quedará más opción que acudir al concurso consecutivo, cuyo objetivo es liquidar el patrimonio del deudor y aplicarlo en la medida de lo posible a sus obligaciones de pago.

Particularidades del concurso consecutivo

En general, los concursos consecutivos se presumen culpables. Esto implica que el deudor necesitará la ayuda de un abogado especialista en derecho concursal si quiere evitar que se declare su responsabilidad y se apliquen las correspondientes sanciones.

Los efectos de este tipo de concursos no tienen por que limitarse la persona insolvente, ya que pueden extenderse, por ejemplo, sobre socios y administradores.

Estos concursos se tramitan de forma abreviada, mediante la presentación de una propuesta anticipada de convenio o un plan de liquidación en tan solo 15 días. No será necesaria una nueva comunicación de créditos, y los créditos de aquellos acreedores que no acudieran a la convocatoria del mediador concursal se considerarán subordinados. Se castiga de este modo a los acreedores que dificultan el acuerdo extrajudicial de pagos con su pasividad.

A falta de presentación o admisión a trámite de la propuesta anticipada de convenio, o cuando está no se apruebe o se incumplan, el juez acordará la apertura de la fase de liquidación. Se realizará un plan de liquidación y posteriormente se procederá a la fase de calificación

La conclusión del concurso consecutivo por insuficiencia de la masa activa

Evidentemente, si el insolvente carece de masa activa, no tiene sentido proponer una liquidación. Y es que la falta de masa activa supone que no existen activos liquidables o capital suficientes para satisfacer siquiera los créditos contra la masa.

Si esta situación era previa a la solicitud del concurso, se puede solicitar el concurso de acreedores express. En este caso, el juez comprobará que, de manera evidente:

  1. La masa activa es insuficiente para satisfacer los gastos del concurso.
  2. No es previsible el ejercicio de acciones de reintegración o responsabilidad de terceros.
  3. Tampoco la calificación del concurso como culpable.

Si se dan estos requisitos, el juez puede acordar la declaración del concurso y su conclusión en el mismo auto. Esto supone un importante ahorro económico y temporal y la evitación de fases críticas como la calificación del concurso, que ya hemos visto que se presume culpable en el caso de los concursos consecutivos.

En el caso de las personas naturales el procedimiento será muy similar, nombrándose un administrador concursal para liquidar los bienes existentes y solicitándose el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho en el plazo de 15 días desde que termine la liquidación. Gracias a este beneficio se pueden cancelar todas las deudas que no se hayan podido pagar.

Si la situación se conoce durante la tramitación el concurso también proceder a la conclusión del concurso consecutivo por insuficiencia de la masa activa. En este caso la administración concursal debe justificar que concurren los requisitos propios del concurso de acreedores express. Si así lo hace, el juez podrá acordar la conclusión del concurso.

Resumen: conclusión del concurso consecutivo por insuficiencia de la masa activa

En definitiva, el concurso consecutivo se abre en aquellas ocasiones en que los acuerdos extrajudiciales de pagos o los acuerdos de refinanciación sean imposibles, incumplidos, anulados o, en definitiva, queden sin efectos.

Ante tales situaciones se presentará un convenio anticipado o se abrirá directamente la fase de liquidación. Pero la fase de liquidación puede no tener sentido si el insolvente carece de activos liquidables o capital.

Para estas situaciones se introducen las figuras del concurso express y del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, aplicables respectivamente a las personas jurídicas o físicas.

  • Mediante el concurso express las personas jurídicas pueden tramitar rápidamente el concurso de acreedores, con el consiguiente ahorro económico y temporal. En tan solo dos o tres meses podrían haber liquidado la empresa y volver a empezar de cero libres de sus deudas.
  • Por su parte, el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho permite a las personas naturales cancelar todas aquellas deudas que no se hayan pagado durante la fase de liquidación.

En Debify disponemos de servicios adecuados para cada una de estas situaciones. Así que si estás en situación de insolvencia y sabes que no vas a poder a cogerte a un acuerdo extrajudicial de pagos o un acuerdo de refinanciación, podemos ayudarte a terminar el procedimiento lo antes posible y a cancelar tus deudas. 


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